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¿Qué tienen en común María da Penha, Olimpia Coral Melo, Brisa Barrionuevo, Eyvi Ágreda y Rosa Elvira Cely? Todas son mujeres que literalmente se convirtieron en Ley. A lo largo de varios años, pasaron por experiencias tortuosas, desagradables o lamentablemente les arrebataron la vida, pero dejaron un legado con ellas y es que sus historias de vida quedaron asentadas en la Constitución en forma de Ley, parsa que ninguna mujer vuelva a sufrir lo que ellas pasaron.

Ley María da Penha

En mayo de 1983, el marido de la biofarmacéutica Maria da Penha Fernandes le disparó mientras dormía, dejándola parapléjica de por vida. Dos semanas después de su regreso del hospital, intentó electrocutarla. El caso languideció en los tribunales durante dos décadas, mientras el esposo de María permanecía en libertad. Años después, en un fallo histórico, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló como responsable del suceso al Gobierno de Brasil por no haber tomado medidas efectivas para enjuiciar y sentenciar a los perpetradores de violencia doméstica. Como respuesta a esta situación de indefensión, el gobierno brasileño promulgó en 2006 una ley bajo el simbólico nombre de “Ley Maria da Penha sobre Violencia Doméstica y Familiar.

En agosto de 2011, cuando se celebra el quinto aniversario de la Ley, los datos recopilados por el Consejo Nacional de Justica de Brasil arrojan un balance positivo: más de 331.000 procesos judiciales y 110.000 sentencias firmes; y cerca de dos millones de llamadas a la Central de Atención de la Mujer.

Un balance optimista que María da Penha comparte, con matices. “Antes de la Ley los casos de violencia doméstica se consideraban un crimen de bajo potencial ofensivo. Esa realidad ha cambiado, y es cierto que en todos los lugares a los que acudo a dar charlas encuentro mujeres que se autodenominan ‘salvadas por la Ley’, pero son necesarios más recursos económicos para implementarla en todo su poder, afirma.

La Ley María da Penha establece tribunales especiales y condenas más estrictas para los maltratadores, pero también otros instrumentos de prevención y auxilio en ciudades de más de 60.000 habitantes como Comisarías de Mujer, Casas Hogares y Centros de Referencia para Mujeres. “El problema no está en la Ley sino en su aplicación. Desgraciadamente, estos instrumentos sólo existen en grandes ciudades, insiste da Penha.

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Ley Olimpia

Olimpia Coral Melo Cruz serrana, feminista y sobreviviente de violencia digital.

La activista que impulsó la ley contra la ciber violencia sexual y el ciber acoso, se define como: Defensora. Incómoda feminista. Amante de nosotras, feliz por nacer mujer. Nuestros cuerpos no son para la diversión en redes sociales. Su iniciativa (Ley Olimpia), basada en un hecho en el que a los 18 años se enteró que por Whatsapp se difundía un video íntimo que grabó con su entonces pareja. Cuando intentó denunciar en un Ministerio Público de Huauchinango, Puebla, la respuesta que recibió fue que no se trataba de un delito. Parece como si el Ministerio Público hubiese replicado dicha denuncia mediante un apego muy fuerte al Código Penal del Estado; pero, es por esto por lo que surgen reformas y creaciones de leyes apegadas más a las situaciones que en la actualidad nos acontecen, ¿cierto? Por lo tanto, el asunto de Olimpia ha sido un caso digno de justicia y admiración en pleno siglo XXI.

El proceso personal que vivió Coral de ser una víctima de violencia sexual digital a un referente en el movimiento feminista ha sido un acto de rebeldía y, al mismo tiempo, un acto de amor. Reconoce que al enfrentar esta situación lo hizo desde una posición de privilegio.

“Primero tuve el privilegio de una mamá que no me culpó, que no me señaló, que no me cacheteó, que no me corrió de la casa a pesar de ser de un pueblo originario, a pesar de ser de un lugar en donde desgraciadamente todavía no se le dice vulva a la vulva ni pene al pene”.

Todo acto de violencia sexual, señala Olimpia, es “una condición de opresión sobre los cuerpos de las mujeres”. Ante la difusión de un video sexual en internet en el que fue violada su intimidad, y que para entonces no existía un delito reconocido en la ley, la forma de encontrar justicia fue por otra vía. Además del apoyo de su madre, encontró en el movimiento feminista su salvación.

El jueves 29 de abril quedará marcado en la historia del país como el día en el que la Cámara de Diputados aprobó de manera casi unánime, la Ley Olimpia. De esta manera, se castigará con hasta seis años de prisión a quienes incurran en violencia digital.

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Ley Brisa

Cuando Daiana Barrionuevo desapareció, su ex pareja le dijo a la Policía que se había ido con un amante. Hubo un dato, sin embargo, que hizo dudar a la familia: ella nunca dejaba sola a Brisa, su hija de dos años y tres meses. Había una razón: unos años antes, Daiana había perdido a una bebé a la que le faltaba una semana para nacer. “Brisa llegó poco tiempo después. Por lo que le había pasado, Daiana la cuidaba obsesivamente”.

Las sospechas eran ciertas: su hermana no se había ido con un amante y no había abandonado ni a Brisa ni a sus mellizos. La ex pareja -el mismo hombre que lloró con la familia durante los 20 días en que la buscaron- la había matado de un mazazo en la cabeza. Fue en la misma casa en la que estaban los tres chicos. 

Después, la había envuelto con la frazada de los mellizos, la había metido en una bolsa y la había arrojado al río. El cuerpo de Daiana apareció el 10 de enero de 2015, una semana antes de que los mellizos cumplieran siete años. El año pasado, Iván Adalberto Rodríguez, el padre de los chicos, fue condenado a prisión perpetua.

Los chicos, que durante la búsqueda habían quedado al cuidado de los padres del femicida, fueron a vivir con los padres de Daiana. Pero la situación se tornó dramática, porque nadie tenía dinero para hacerse cargo de ellos. Finalmente, se fueron con Cintia, su tía, que ya tenía tres hijos y vivía en una casa precaria, con una sola habitación, en Moreno. Cintia tenía 29 años cuando se hizo cargo de sus tres sobrinos.

“No tenían nada, ni ropa, ni juguetes. Estaban con lo puesto”, cuenta. “Durante el primer año, los seis chicos durmieron con nosotros (ella y su marido) en la misma habitación. Sacamos préstamos para comprarles zapatillas, pedimos fiado en el almacén. Ni siquiera pudimos volver a su casa a buscar sus cosas porque entraron a robar y se llevaron todo. Sólo dejaron los documentos”.

El caso se tornó emblemático: ¿Cómo reparar a los llamados “niños huérfanos por femicidio”, que de un día para el otro pasaron a tener una mamá muerta y un padre preso? En la ONG La Casa del Encuentro redactaron un texto al que llamaron “Ley Brisa”, en honor a ella. Reclamaban una ley que garantizara una reparación económica (equivalente a una jubilación mínima) para las “víctimas colaterales” de los femicidios hasta los 21 años.

La paradoja fue que la ley primero se aprobó para la Ciudad de Buenos Aires. Es decir que, hasta el miércoles, la Ley Brisa no era válida para Brisa, que vive en Moreno. Pero el miércoles y por unanimidad, Diputados finalmente la convirtió en ley nacional. Son unos 8.000 pesos por niño, retroactivos al momento del femicidio.

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Ley Eyvi Ágreda

Después de bañarla en combustible y quemarla, el acosador de Eyvi gritó: “Si no eres para mí, no serás para nadie.”

Los hechos se produjeron cuando ella se dirigía en un ómnibus de transporte público hacia su domicilio. Dicha agresión le causó quemaduras de segundo y tercer grado en el 60% de su cuerpo. Junto a ella, otras personas que la acompañaban en el trayecto, también se vieron afectadas con quemaduras. ¿Cuál es la particularidad de este caso? El contexto y la condición de la víctima, la relación de Eyvi Agreda con el victimario, así como lo móviles expresados por este último.

Según el reporte estadístico de casos con características de tentativa de feminicidio atendidos en los centros de emergencia mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el periodo comprendido entre enero – abril del año en curso, se han registrado 103 casos. Comparativamente, la estadística del año anterior de enero – diciembre, arrojó 247 casos.

Precisamente, el contexto en que se produce la agresión y posterior muerte de Eyvi Ágreda, está enmarcado, por un lado, de una serie de casos donde la mujer resulta agredida por su pareja (esposo, conviviente, novio) -aun cuando dicha relación ya había concluido-, o por un familiar próximo (padre, padrastro, tío, primo, etc.). Por otro lado, el caso que nos ocupa, es sobre el acoso sufrido por Eyvi de parte de quien fuera un ex compañero de trabajo, el mismo que estuvo acosándola sexualmente durante meses, aunque no llegara a formalizarse la denuncia, sino solo se dio aviso de lo que venía sucediendo a amigos y familiares. 

La particularidad del caso de Eyvi Agreda es que, a diferencia de otros actos de violencia contra la mujer donde se configura el feminicidio y han sido visibilizados a través de diferentes medios de comunicación; se trata de un acoso sexual donde las partes no mantenían una relación de pareja y también calificaría dentro del tipo penal, mas no se interpuso la denuncia (Art.108°B 2. del Código Penal).

En el 2018, el Congreso aprobó aumentar las sanciones previstas para este delito. Actualmente, las penas mínimas son de 20 años de prisión (en su modalidad simple) y de 30 años cuando se configura una circunstancia agravante. La cadena perpetua corresponde cuando las agravantes son dos o más. 

De acuerdo con información actualizada hasta el 2018 por el Poder Judicial, en el Perú solo se habían dictado diez condenas de 35 años por feminicidio desde que el delito entró en vigencia (2011). 

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Ley Rosa Elvira Cely

En mayo de 2012 ocurrió uno de los feminicidios más recordados en Colombia, no solo por la atrocidad con la que ocurrieron los hechos, sino por el precedente que marcó a partir de la indignación de millones de personas tras conocerse el crimen cometido en el Parque Nacional en la noche de aquel jueves, cuando Rosa Elvira Cely fue violada, empalada y abandonada por Javier Velasco en un paraje del sitio ubicado en el centro oriente de Bogotá.

El nombre de Rosa Elvira Cely y su asesinato fue un llamado contundente al Estado colombiano para actuar con agilidad y contundencia frente a miles de casos de violencia de género. El rechazo colectivo, las diversas manifestaciones y plantones en su honor y pidiendo que no hubiera impunidad, fueron los detonantes para tomar acciones que, si bien fueron contundentes en un principio, actualmente no son tomadas en cuenta con la misma seriedad de hace un lustro.

La Ley 1761 de 2015 -o ley Rosa Elvira Cely-, tipifica el feminicidio como un delito autónomo. Esto quiere decir, que quien agreda o asesine a una mujer por motivos de género, no solo será juzgado como un homicida, sino también por incidir en la perpetuación de las peores manifestaciones de violencia por identidad y género.

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Las cinco fueron víctimas de distintos tipos de violencia. Pero sus nombres se convirtieron en símbolo de resistencia y de cambio. 

Por Revuelta