Integrantes del Colectivo Kanan ts’ono’ot (Guardianes de los cenotes), colectivo maya de la comunidad de Homún, conformado para la defensa de su territorio, agua y medio ambiente, presentaron un amparo ante la Justicia Federal para demandar la protección y reconocimiento de los cenotes como sujetos de derecho, con la finalidad de resguardar, con el más alto estándar, su derecho a un medio ambiente sano, a su autodeterminación y a la protección de su legado cultural.
Dicho amparo se presentó frente a la omisión de las autoridades federales, estatales y municipales, de reconocer a los cenotes como sujetos de derechos y establecer medidas que pongan freno a la creciente situación de afectación ambiental y territorial que se vive en el la zona denominada reserva geohidrológica anillo de los cenotes, a pesar de que dicha comunidad lo solicitó desde hace más de un año.
Frente a la presentación del amparo, el pasado lunes 6 de marzo, el Juzgado Cuarto de Distrito en el estado, al admitir la demanda de amparo, determinó otorgar una suspensión provisional, mientras decide si dicha suspensión adquiere el carácter de definitivo. En lo esencial, la Jueza titular de dicho órgano judicial estableció como argumento central:
Que los quejosos “en las diversas peticiones presentadas ante las responsables, solicitan que sea reconocidos como sujetos de derechos y áreas naturales protegidas los cenotes que conforman la ‘Reserva Estatal Geohidrológica del Anillo de Cenotes’; señalado que el uso intensivo y a gran escala de megaproyectos como la industria porcícola, los monocultivos asociados con los transgénicos, la expansión turística e inmobiliaria y demás proyectos extractivos, han contaminado el acuífero de la península de Yucatán -en particular, los cenotes ocasionando con ello, daños irreversibles en el medio ambiente, afectando con ello los derechos fundamentales de los pueblos mayas y el equilibrio de los territorios que habitan, es evidente que el actuar omiso de las responsables de dar contestación a lo peticionado, puede producir un desequilibrio ecológico o daños alambiente o a los recursos naturales de imposible reparación”.
El amparo presentado por las y los Guardianes de los Cenotes, que dio pie a la suspensión arriba mencionada, se fundamentó en la necesidad de interpretar, desde los estándares más altos de protección, el derecho a un medio ambiente sano y atendiendo alos avances que se han dado a nivel internacional y en otros países.
Asimismo, se busca determinar el reconocimiento de los cenotes como sujetos de derechos y a las y los integrantes de las comunidades mayas como sus guardianes, situación que implica pasar de una visión meramente antropocéntrica, en donde la naturaleza está al servicio del ser humano, a una de carácter ecocéntrico, en donde el concepto de dignidad reconocido a las personas, se debe de ampliar a los diversos elementos naturales que, como en el caso de los cenotes, forman ecosistemas únicos que son fundamentales para la garantizar un adecuado equilibrio ecológico.
Cabe recordar que la importancia del Anillo de Cenotes radica en que suministra el 42% del volumen de agua en el Estado de Yucatán y el 19% del volumen total en la península de Yucatán. Asimismo, en esta zona habitan más de 41 especies silvestres en peligro de extinción y más de quince especies endémicas que corren el riesgo de sufrir impactos irreparables por la creciente actividad antrópica derivada del incremento de megaproyectos que se han establecido en la región, generando afectaciones ambientales, territoriales y culturales. Es por ello que en dicho amparo se solicitó, como medida precautoria la suspensión para el efecto de que:“
(…) las autoridades responsables en el ámbito de sus competencias no otorguen autorizaciones sobre proyectos de infraestructura a gran escala que puedan generar impactos socioecológicos negativos sobre el patrimonio biocultural que representa el área natural protegida “Reserva Geohidrológica Anillo de Cenotes”.
En ese sentido, resulta alentador que la Jueza Cuarto de Distrito haya otorgado la suspensión en los términos señalados y consideramos que existen elementos suficientespara que dicha suspensión sea definitiva, estableciéndose una medida precautoria que, al menos en los hechos, impediría que siga explotando de manera irracional el territorio y la naturaleza en esa zona de la Península de Yucatán, hasta en tanto se resuelva en definitiva el Juicio de amparo.
El objetivo último de este reconocimiento como sujeto de derechos a los Cenotes de esta zona es mejorar las condiciones naturales y sociales frente a la explotación, contaminación y otros riesgos a los que se ha expuesto a las personas habitantes en el anillo de Cenotes y los cenotes mismos y que las comunidades mayas puedan ejercer la guardianía ancestral sobre los cenotes y encabezar los esfuerzos para su protección y restauración.
La posible resolución a favor del reconocimiento de derechos de los Cenotes colocaría a México a la vanguardia de la protección ambiental y contribuiría además a dar cumplimiento del principio de interés superior de la niñez al tomar las medidas más efectivas para garantizar su derecho a un medio ambiente sano, a la conservación de su patrimonio cultural, así como al respeto de la autodeterminación de los pueblos y comunidades indígenas.